Inicio Comunicación FONDO DOCUMENTAL DE COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES (CAE) EN PRL PARA TRABAJADORES AUTÓNOMOS

FONDO DOCUMENTAL DE COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES (CAE) EN PRL PARA TRABAJADORES AUTÓNOMOS

¿A quién va dirigido?

Este bloque está dirigido a:

  • Personas trabajadoras autónomas sin personal contratado.
  • Personas trabajadoras autónomas con trabajadores a su cargo.
  • Empresas que contratan autónomos.
  • Empresas titulares de centros de trabajo.
  • Empresas principales que subcontratan obras o servicios.

La Coordinación de Actividades Empresariales (CAE) tiene por objeto garantizar que todas las empresas y personas trabajadoras autónomas que coinciden en un mismo centro de trabajo cooperen para prevenir los riesgos derivados de la concurrencia de actividades. Está regulada por el artículo 24 de la Ley 31/1995 y desarrollada por el Real Decreto 171/2004. El INSST recuerda expresamente que estas obligaciones también alcanzan a las personas trabajadoras autónomas sin personal contratado cuando concurren con otras empresas.


1. DOCUMENTACIÓN BÁSICA IMPRESCINDIBLE

Estas son las publicaciones que todo autónomo o empresa debería consultar antes de trabajar en un centro de trabajo ajeno.

Publicación

Tipo

Fuente

¿Por qué es importante?

Descarga

Coordinación de Actividades Empresariales (CAE)

Portal técnico

INSST

Portal de referencia que reúne normativa, documentación técnica, preguntas frecuentes, formación y publicaciones especializadas.

Portal CAE del INSST

Directrices para una eficaz coordinación de actividades empresariales (2024)

Documento técnico

INSST

La guía de referencia más completa actualmente publicada en España sobre la gestión práctica de la CAE.

Descargar Directrices CAE 2024

Documentación sobre Coordinación de Actividades Empresariales

Repositorio documental

INSST

Acceso a todas las NTP, guías técnicas y documentos oficiales sobre CAE.

Repositorio documental CAE


2. NOTAS TÉCNICAS DE PREVENCIÓN (NTP)

Estas publicaciones desarrollan de forma práctica las obligaciones previstas en el Real Decreto 171/2004.

Publicación

Tipo

Fuente

Contenido

Descarga

NTP 918. Coordinación de actividades empresariales (I)

Nota Técnica de Prevención

INSST

Conceptos básicos, figuras intervinientes y obligaciones generales de empresas y autónomos.

Disponible desde el Repositorio documental CAE

NTP 919. Coordinación de actividades empresariales (II)

Nota Técnica de Prevención

INSST

Desarrollo práctico de las obligaciones de empresas concurrentes, empresarios titulares, empresarios principales y trabajadores autónomos.

Disponible desde el Repositorio documental CAE

NTP 1052. Coordinación de actividades empresariales: criterios de eficiencia (I)

Nota Técnica de Prevención

INSST

Propone una metodología para organizar la coordinación desde la planificación hasta la mejora continua.

Descargar NTP 1052

NTP 1053. Coordinación de actividades empresariales: criterios de eficiencia (II)

Nota Técnica de Prevención

INSST

Desarrolla las distintas fases del proceso de coordinación mediante ejemplos prácticos y buenas prácticas.

Descargar NTP 1053

Estas cuatro NTP constituyen el cuerpo técnico de referencia para interpretar y aplicar correctamente las obligaciones del RD 171/2004.


3. DOCUMENTOS TÉCNICOS DE REFERENCIA

Publicación

Tipo

Fuente

Contenido

Descarga

Directrices para una eficaz coordinación de actividades empresariales (2024)

Documento técnico

INSST

Define un modelo de gestión de la CAE basado en cuatro etapas: planificación, organización, ejecución y mejora continua. Incluye casos prácticos y un anexo específico sobre transporte y descarga de mercancías.

Descargar Directrices CAE 2024

Webinar: Presentación de las Directrices para una eficaz coordinación de actividades empresariales

Presentación técnica

INSST

Presentación oficial utilizada por el INSST para explicar el contenido de las Directrices 2024.

Presentación oficial del webinar CAE


4. INFORMACIÓN SEGÚN EL PAPEL QUE DESEMPEÑA EL AUTÓNOMO O LA EMPRESA

A. Persona trabajadora autónoma sin personal contratado

Debe:

  • Cooperar con el resto de empresas concurrentes.
  • Intercambiar información sobre los riesgos derivados de su actividad.
  • Tener en cuenta la información preventiva recibida.
  • Cumplir las instrucciones del empresario titular.
  • Participar en los medios de coordinación establecidos.

Publicaciones recomendadas:

  • Portal CAE del INSST.
  • Directrices CAE 2024.
  • NTP 918.
  • NTP 919.

B. Persona trabajadora autónoma con trabajadores contratados

Además de las obligaciones anteriores debe:

  • Evaluar los riesgos de los trabajos contratados.
  • Planificar la actividad preventiva.
  • Informar y formar a su plantilla.
  • Acreditar documentalmente el cumplimiento de sus obligaciones preventivas cuando sea requerido por la empresa principal.

Publicaciones recomendadas:

  • NTP 919.
  • NTP 1052.
  • NTP 1053.
  • Directrices CAE 2024.

C. Empresa titular del centro de trabajo

Debe:

  • Informar sobre los riesgos propios del centro.
  • Comunicar las medidas de emergencia.
  • Facilitar instrucciones cuando existan riesgos derivados de la concurrencia.
  • Promover los medios de coordinación necesarios.

Publicaciones recomendadas:

  • Directrices CAE 2024.
  • NTP 918.
  • NTP 1053.

D. Empresa principal

Además de las obligaciones anteriores debe:

  • Vigilar el cumplimiento de la normativa preventiva por parte de contratistas y subcontratistas.
  • Solicitar la acreditación documental de la evaluación de riesgos, planificación preventiva, formación e información antes del inicio de los trabajos.
  • Comprobar que se han establecido los medios de coordinación necesarios.

Publicaciones recomendadas:

  • Directrices CAE 2024.
  • NTP 919.
  • NTP 1052.
  • NTP 1053.

5. FORMACIÓN

Recurso

Tipo

Fuente

Acceso

Coordinación de actividades empresariales: directrices y ejemplos ilustrativos

Jornada / formación

INSST

Disponible desde el Portal CAE del INSST


6. DOCUMENTACIÓN QUE HABITUALMENTE SE INTERCAMBIA EN LA CAE

Aunque dependerá del tipo de actividad y de los riesgos concurrentes, habitualmente se solicita:

  • Evaluación de riesgos de la actividad contratada.
  • Planificación preventiva.
  • Procedimientos de trabajo seguros.
  • Información sobre riesgos específicos.
  • Acreditación de la formación preventiva.
  • Aptitud médica cuando sea exigible por la normativa.
  • Relación de equipos de trabajo.
  • Declaración de conformidad de maquinaria, cuando proceda.
  • Documentación relativa a equipos de protección individual.
  • Designación de recursos preventivos, cuando resulte obligatoria.

Las Directrices del INSST insisten en que la coordinación no debe convertirse en un mero intercambio documental, sino en un proceso orientado a controlar de forma efectiva los riesgos derivados de la concurrencia de actividades.


7. PUBLICACIONES IMPRESCINDIBLES

  1. Directrices para una eficaz coordinación de actividades empresariales (2024) – INSST. Descargar
  2. NTP 918. Coordinación de actividades empresariales (I) – INSST. Disponible en el Repositorio documental CAE
  3. NTP 919. Coordinación de actividades empresariales (II) – INSST. Disponible en el Repositorio documental CAE
  4. NTP 1052. Coordinación de actividades empresariales: criterios de eficiencia (I) – INSST. Descargar
  5. NTP 1053. Coordinación de actividades empresariales: criterios de eficiencia (II) – INSST. Descargar
15/07/2026