Inicio Comunicación La Comisión de Construcción y Empresas Auxiliares de CAEB propone rebajar la carga fiscal a los jóvenes y familias residentes en Baleares para la compra de vivienda asequible

La Comisión de Construcción y Empresas Auxiliares de CAEB propone rebajar la carga fiscal a los jóvenes y familias residentes en Baleares para la compra de vivienda asequible

Presenta, a instancias de PROINBA, una enmienda al Decreto Ley 8/2025 para rebajar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) en las operaciones sobre Viviendas de Precio Limitado (VPL)

La Comisión de Construcción y Empresas Auxiliares de CAEB ha anunciado hoy la presentación de una propuesta de enmienda de adición al Decreto Ley 8/2025 de Aceleración de Proyectos Estratégicos (UAPE). El objetivo principal es reducir drásticamente los costes impositivos que gravan la promoción y adquisición de Viviendas Protegidas de Precio Limitado (HPL), para equipararlas fiscalmente a las Viviendas de Protección oficial (HPO) que ya están exentas por ley de dicho impuesto.

A instancias de la Asociación de Promotores Inmobiliarios de Baleares (PROINBA), integrada en CAEB, propone que, dentro de las competencias fiscales autonómicas, se reduzca el tipo impositivo del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) que actualmente grava con 1,5% todas las operaciones que se tienen que documentar de forma pública relacionadas con las Viviendas de Precio Limitado (VPL). Esto representaría para el comprador (jóvenes y familias residentes con más de cinco año en Baleares), sólo en la escritura pública de compraventa de una vivienda de estas características, un ahorro entre 3.000 y 6.000€

Asimismo, esta medida incentivaría al sector privado a priorizar este tipo de vivienda asequible para dar soluciones a la emergencia habitacional que padecen las Islas Baleares.

La enmienda contempla dos opciones técnicas, una bonificación del 100% o un tipo de gravamen específico del 0%, que se aplicarían al Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD) en las siguientes operaciones:

  • Adquisición de suelo: Transmisión de terrenos y solares y la cesión de derechos de superficie destinados exclusivamente a la construcción de viviendas de precio limitado (HPL). Los préstamos hipotecarios solicitados para la adquisición de aquellos, en cuanto al gravamen de actos jurídicos documentados
  • Gestión y Construcción: Las escrituras públicas otorgadas para formalizar actos o contratos relacionados con la construcción de edificios en régimen de viviendas de precio limitado (HPL), siempre que conste fehacientemente en dichos actos o contratos la condición de viviendas de precio limitado (HPL)
  • Compra de la propiedad: Primera transmisión de viviendas HPL y la constitución de hipotecas para su adquisición por parte jóvenes y familias residentes en Baleares con el límite del precio máximo de la citada vivienda y demás requisitos legales establecidos para las referidas viviendas protegidas de precio limitado.


Garantías de cumplimiento

Para asegurar que este beneficio fiscal se traduzca en viviendas reales en el mercado, la propuesta establece condiciones estrictas:

  • Plazos de ejecución: La bonificación o reducción del tipo impositivo quedará sin efecto si no se obtiene la licencia de obra de construcción y/o reforma de HPL en un plazo de tres años (o cuatro años en el caso de terrenos) desde su devengo.
  • Control administrativo: Las viviendas de precio limitado (HPL) deberán estar registradas en la Dirección General de Vivienda y cumplir con los parámetros oficiales de precio, superficie y límites legales de las HPL en el momento del devengo del IAJD.


Óscar Carreras, presidente Comisión de Construcción CAEB y PROINBA

"Quiero recordar que la carga impositiva sobre la vivienda representa un 23% de su coste final para la parte compradora. Ya hemos solicitado reiteradamente que, dada la condición de bien de primera necesidad por culpa de la emergencia habitacional que sufre el país, se debe rebajar esta carga fiscal sobre el ciudadano empezando con el IVA, competencia estatal que debería bajar al 4% o menos. Además, a nivel autonómico, hoy, con esta enmienda, buscamos que la Comunidad Autónoma utilice sus competencias para equiparar fiscalmente las viviendas de precio limitado, exclusivas del territorio balear, a las viviendas de precio oficial. Al mismo tiempo, formulamos un escenario que incentive al promotor privado en Baleares para que apueste decididamente por el modelo de vivienda de precio limitado", afirma Óscar Carreras.

16/03/2026