Inicio Comunicación Incorporación de pruebas diagnósticas de la Covid-19 dentro de los planes de contigencia de las empresas

Incorporación de pruebas diagnósticas de la Covid-19 dentro de los planes de contigencia de las empresas

En los planes de contingencia para hacer frente a la Covid-19, además de medidas de prevención y protección, se puede contemplar la realización de pruebas diagnósticas en determinados casos. Mientras que la PCR constituye la herramienta diagnóstica por excelencia en el plano clínico, los tests rápidos de antígeno resultan útiles en ciertas situaciones. En este sentido, cabe tener en cuenta lo establecido en la Estrategia de Detección Precoz, Vigilancia y Control de COVID-19, cuya última actualización es de 18 de diciembre de 2020. La misma indica que el principal potencial del test rápido de antígeno es el de proporcionar un diagnóstico rápido (15-20 min) en el lugar de atención sanitaria y mediante un procedimiento sencillo y de bajo coste. En general han mostrado una baja sensibilidad hasta la fecha (por debajo del 50-60%), lo que los ha hecho poco fiables en cualquier estrategia diagnóstica. Recientemente se han desarrollado nuevos kits de detección de antígeno que presentan unos buenos resultados de sensibilidad (>90%) especificidad (>95%) respecto a la RT-PCR en estudios en pacientes sintomáticos con menos de siete días de evolución.   Su principal indicación es para el diagnóstico rápido en personas con síntomas compatibles con COVID-19 en el ámbito comunitario, durante los primeros cinco días (criterio clínico) y en los casos de contactos estrechos (criterio epidemiológico).   Ante la poca información aún disponible sobre el rendimiento de las pruebas rápidas de antígenos en población asintomática, la prueba diagnóstica será preferentemente una PCR. Sin embargo, en función del ámbito, de la disponibilidad y operatividad se podrá utilizar un test rápido de detección de antígeno, sobre todo en entornos donde se espera una alta probabilidad de un resultado positivo, como en el caso de los contactos convivientes o en brotes y donde la rapidez del tiempo de respuesta ayuda al rápido manejo de los contactos. (En el ámbito sanitario y sociosanitario, ante un valor negativo del test rápido, se debe realizar una PCR).   Hay que tener en cuenta la percepción de “seguridad y, por lo tanto, de cierta relajación” que puede generar la obtención de resultados negativos en los estudios de cribado en asintomáticos, por lo que es prioritario reforzar en la población que se somete a cribados, que un resultado negativo en este contexto no exime del cumplimiento de ninguna de las medidas de control y prevención de la infección recomendadas.   La prioridad en la actuación empresarial debe centrarse en medidas de prevención y protección, tanto colectiva como individual, y en acciones de información, formación y sensibilización.    
15/01/2021