PLAZO SOLICITUD: 11 DE DICIEMBRE AL 15 DE JULIO DE 2016
El día 10 de diciembre
se publica en el BOIB la Resolución del consejero de Innovación, Investigación y Turismo por la que se ofrecen
ayudas para llevar a cabo acciones especiales de investigación y desarrollo 2015-2016.
Objeto:
- Promover el intercambio y la difusión de conocimiento científico.
- Consolidar la actividad investigadora, complementando la realización de proyectos de investigación que han tenido financiación en otras convocatorias competitivas.
- Integrar la investigación de las Illes Balears, fomentar el intercambio y la transferencia del conocimiento entre grupos de investigación.
- Propiciar un incremento del potencial científico y tecnológico de las Baleares.
Beneficiarios:
Personas físicas o jurídicas privadas o públicas (universidades, centros de investigación, centros tecnológicos y otros centros públicos),
que lleven a cabo la actividad objeto de esta convocatoria.
Tipología de las actuaciones o líneas de financiación:
Línea A: actuaciones de preparación de propuestas para la participación de equipos de investigación en proyectos internacionales, en especial en el programa «Horizonte 2020».
Línea B: acciones concretas de política científico-tecnológica que presenten una urgencia o un interés especiales o que ayuden a complementar y consolidar proyectos competitivos de investigación.
Línea C: actuaciones de colaboración entre grupos de investigación de carácter científico-técnico (redes, grupos interdisciplinarios, agendas, etc.).
Línea D: actividades de difusión y explotación de los resultados de la I + D + i.
Línea E: actuaciones de refuerzo de las necesidades en equipos tecnológicos e infraestructura destinados a la investigación, así como de documentos electrónicos (páginas, portales) capaces de contener texto, sonido, vídeo, programas, enlaces, imágenes, etc.
Línea F: organización de congresos, seminarios, jornadas y, en general, reuniones de temática científica y tecnológica.
Conceptos susceptibles de recibir estas ayudas:
- Gastos de personal.
- Gastos de equipos, instrumentos, aparatos y otro material inventariable indispensable para llevar a cabo la acción.
- Otros gastos justificados adecuadamente para ejecutar de manera correcta la acción especial:
- Adquisición de material bibliográfico y de material fungible.
- Desplazamientos (viajes, alojamiento y dietas).
- Gastos derivados de estancias cortas en otros laboratorios para hacer tareas relacionadas con el proyecto.
- Colaboraciones externas.
- Gastos de organización y desarrollo de seminarios, congresos y reuniones de carácter científico.
- Otros gastos que el responsable de la acción considere necesarios y que queden justificados adecuadamente en la memoria y el presupuesto presentados con la solicitud.
Criterios de evaluación:
1. La calidad científico-técnica y la relevancia de la propuesta: 45 puntos.
— En el caso de las ayudas para nuevas acciones de colaboración de carácter científico-técnico (grupos interdisciplinarios, redes, etc.), se tienen que evaluar los objetivos de la nueva red o del nuevo grupo, el currículum de los investigadores, la participación de un número significativo de investigadores y el grado de colaboración de los participantes.
— En el caso de actuaciones de colaboración ya empezadas (redes o grupos interdisciplinarios ya constituidos, entre otros) que solicitan ayuda para mantenerse, se tienen que evaluar los trabajos realizados hasta el momento de la solicitud.
2. La adecuación del presupuesto, la viabilidad de la propuesta y el impacto científico-técnico de los resultados previstos: 35 puntos.
3. Las características de la acción solicitada que hagan difícil la financiación mediante otras convocatorias: 15 puntos.
4. El hecho de que las acciones dispongan de financiación obtenida de otros organismos, oficiales o privados: 5 puntos.
Para las propuestas valoradas favorablemente (deben tener una puntuación superior a 60 puntos) se procederá a asignar una cantidad concedida y un presupuesto final.
La subvención máxima que se puede otorgar a cada acción especial es de 25.000 euros.
Presentación de solicitudes:
Las solicitudes se formalizarán de acuerdo con el apartado 4 de la convocatoria: una parte de la documentación (bloque A) se rellenará en línea en la página web de la Dirección General de Innovación e Investigación (
https://www.caib.es/seucaib/ca/tramites/tramite/2523849) y otra parte (bloque B) se rellenará mediante los formularios que se encuentran a disposición de los interesados en la misma página web.
Para más información, incluimos acceso a la convocatoria completa del BOIB en el siguiente
enlace.