PLAZO MÁXIMO DE SOLICITUD: 2 de MARZO DE 2016
El BOIB número 91, de 20 de junio de 2015, publica la Resolución de la consejería de Educación, Cultura y Universidades, de 12 de junio, por la que se convocan
subvenciones para fomentar e impulsar la transferencia del conocimiento y/o la innovación en el sector productivo y empresarial dirigidas a agrupaciones empresariales innovadoras (en adelante, AEI) y clústers basados en el conocimiento y/o tecnológicos con sede en Illes Balears.
Objetivo: Financiar actuaciones dirigidas a crear y/o fortalecer AEI y clústers basados en el conocimiento y/o tecnológicos, establecidos físicamente y fiscalmente en las Illes Balears.
Beneficiarios y gastos subvencionables según línea de actuación:
- Línea A: Creación de nuevas AEI o clústers:
- Beneficiarios: Entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia que estén establecidas físicamente y tengan el domicilio social en las Illes Balears, y que, en el momento de presentar la solicitud de ayuda, tengan entre sus finalidades crear y/o fortalecer una AEI o un clúster.
- Gastos de promoción y difusión de la AEI/clúster.
- Contratación de colaboradores externos para desarrollar la AEI/clúster.
- Costes de constitución de la AEI/clúster como entidad con personalidad jurídica propia.
- Costes de la elaboración de planes estratégicos.
- Línea B:
- Fortalecimiento y consolidación de la estructura de coordinación y gestión de las AEI/clúster constituidas
- Desarrollo de actividades de dinamización, difusión y promoción y de estudios dirigidos a mejorar la competitividad y a facilitar la generación de proyectos colaborativos de las empresas y de los organismos asociados o partícipes.
Las entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia constituidas como AEI, clúster basado en el conocimiento y/o tecnológico o una denominación equivalente que en el momento de presentar la solicitud estén establecidas físicamente y tengan el domicilio social en Illes Balears.
- Gastos de personal propia dedicado exclusivamente a la gestión de la AEI/clúster con un coste máximo del 70% del presupuesto subvencionable.
- Contratación de colaboradores externos, con un máximo del 50% del coste aprobado.
- Gastos de viajes, alojamiento y desplazamiento urbano o interurbano, entre islas y fuera de la Comunidad Autónoma, del personal propio y/o del representante legal, necesarios para gestionar el funcionamiento del clúster, con un máximo del 5% del coste aprobado y sujetos a las cuantías máximas establecidas en el apartado 5.2 de la citada convocatoria.
- Gastos de servicios necesarios para la gestión operativa de la entidad, excepto los gastos financieros y de inversión, con un máximo del 20% del coste aprobado.
- Otros gastos inherentes a la gestión de AEI/clúster, como la difusión, la promoción, etc., con un máximo del 15% del coste aprobado.
- En ningún caso se considera subvencionable ningún tipo de impuesto.
Para la línea B, sólo se puede presentar una solicitud para un determinado período de ejecución.
- Línea C: Proyectos y actuaciones específicas destinadas a fortalecer el conocimiento, el potencial innovador y la competitividad empresarial.
Las
entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia constituidas como AEI, clúster basado en el conocimiento y/o tecnológico o una denominación equivalente que en el momento de presentar la solicitud estén establecidas físicamente y tengan el domicilio social en Illes Balears.
Las
empresas, que como miembros asociados se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades de esta línea, tendrán igualmente la consideración de beneficiarios.
- Gastos de promoción y difusión del proyecto.
- Contratación de colaboradores externos para desarrollar el proyecto.
- Gastos de personal propia adscrito al desarrollo o la ejecución del proyecto.
Importe de las ayudas:
Los beneficiarios pueden solicitar una ayuda o más para actuaciones subvencionables, las cuales tienen que ser viables técnica y económicamente, con las limitaciones del número de solicitudes establecidas en el punto 5 de la presente convocatoria.
Línea A: la cuantía de la subvención solicitada tiene que ser igual o inferior a 50.000 euros cada 12 meses. La intensidad máxima de la ayuda es del 100%.
Línea B: La cuantía de la subvención solicitada tiene que ser igual o inferior a 80.000 euros cada 12 meses, la intensidad máxima de la ayuda es decreciente en el tiempo, según las reglas siguientes:
- Si la AEI/clúster se constituyó como máximo dos años antes de esta convocatoria, la ayuda máxima es del 90%.
- Si la AEI/clúster se constituyó entre tres y cuatro años antes de esta convocatoria, la ayuda máxima es del 80%.
- Si la AEI/clúster se constituyó entre cinco y seis años antes de esta convocatoria, la ayuda máxima es del 70%.
- Si la AEI/clúster se constituyó entre siete y ocho años antes de esta convocatoria, la ayuda máxima es del 60%.
- Si la AEI/clúster se constituyó entre nueve o más años antes de esta convocatoria, la ayuda máxima es del 50%.
Línea C: La cuantía tiene que ser igual o inferior a 50.000 euros por proyecto. La intensidad máxima de la ayuda es del 100%.
Formalización de la solicitud: Se deben presentar las solicitudes de ayuda de acuerdo con el modelo incluido en el anexo 2 de esta convocatoria o bien a través del siguiente enlace:
https://www.caib.es/seucaib/ca/tramites/tramite/2377957
Las solicitudes deben presentarse en el registro de la Dirección General d’Universitats i Recerca o bien en el registro de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades.
Convocatoria en el siguiente
enlace.