PLAZO MÁXIMO DE SOLICITUD: MIÉRCOLES 22 JULIO DE 2015
El BOE número 148, de 22 de junio de 2015, publica la Orden IET/1203/2015, de 16 de junio, por la que se convocan subvenciones para el
apoyo a agrupaciones empresariales innovadoras correspondientes a 2015.
Objetivo: Mediante esta Orden, se publica la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas mediante el apoyo a las agrupaciones empresariales innovadoras.
Los
proyectos y actuaciones susceptibles de ser objeto de las ayudas serán los siguientes:
- Puesta en marcha y desarrollo de las estructuras de coordinación y gestión de las Agrupaciones Empresariales Innovadoras (en adelante, AEI) mediante la financiación de parte de los costes del personal y de los gastos de administración y funcionamiento. Podrán subvencionarse hasta el 70% de los gastos considerados subvencionables y un máximo de 70.000 € al año.
- Realización de estudios de viabilidad técnica, incluidos los de carácter preparatorio para proyectos de investigación, desarrollo experimental e innovación que permiten acceder a los programas comunitarios, estatales, autonómicos y municipales de apoyo vigentes. En el caso de las agrupaciones del sector turístico, las actividades específicas y los estudios de viabilidad deberán incorporar la realización de un piloto o prototipo, y se deberán adecuar a los fines y objetivos establecidos en el Plan Nacional e Integral de Turismo 2012-2016. Podrán subvencionarse hasta el 70% de los gastos considerados subvencionables y un máximo de 75.000 € al año.
- El desarrollo de actividades innovadoras. Estas actividades podrán tratarse de innovaciones en los productos (bienes y servicios completamente nuevos o mejoras significativas de los existentes), los procesos (cambios en los medios de producción y de distribución), innovaciones organizativas (nuevos métodos de organización) o innovaciones en mercadotecnia (nuevos métodos de comercialización). Podrán subvencionarse hasta el 70% de los gastos considerados subvencionables y un máximo de 100.000 € al año.
- El desarrollo de actividades de innovación de producto y/o proceso en cooperación entre varios miembros pertenecientes a una o a varias entidades inscritas en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras. Podrán subvencionarse hasta el 70% de los gastos de cada beneficiario considerados subvencionables con un máximo de 100.000 € por proyecto y año.
Beneficiarios: Únicamente podrán ser beneficiarias aquellas entidades inscritas en el Registro especial de agrupaciones empresariales innovadoras del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
Gastos subvencionables: Los gastos subvencionables serán los siguientes:
- Gastos de personal técnico directamente involucrado en la ejecución de las actuaciones o proyectos.
- Colaboraciones externas, tales como gastos externos de consultoría y de aquellos otros servicios necesarios para la ejecución de la actuación prevista.
- Viajes interurbanos y alojamiento necesarios para la realización de la actividad, por parte del personal técnico citado anteriormente.
- Gastos de personal administrativo y gastos corrientes.
Pueden consultarse los topes máximos en la normativa.
Formalización de la solicitud: El modelo de solicitud y cuestionario para la presentación de solicitudes de ayuda están disponibles para su cumplimentación y presentación en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, que será accesible en la dirección electrónica:
http://www.minetur.gob.es/PortalAyudas/AgrupacionesEmpresariales
Convocatoria en el siguiente
enlace.