PLAZO MÁXIMO DE SOLICITUD: VIERNES 15 DE JULIO DE 2016
BENEFICIARIOS
a) El servicio de comercio electrónico tiene que ser de nueva creación (se excluyen las actualizaciones o modificaciones de los existentes).
b) Tiene que estar disponible en, al menos, las dos lenguas oficiales.
c) El beneficiario tiene que contratar el proyecto a una empresa especializada en el sector del marketing digital.
d) La plataforma tiene que disponer de una pasarela de pago que se ciña a los estándares del certificado de seguridad SSL (Secure Socket Layer) o, si no es posible, tiene que aplicar un protocolo de seguridad.
e) El comercio electrónico (e-Commerce) tiene que disponer de un diseño web adaptativo (responsive design), técnica de diseño web que permite la visualización en diferentes dispositivos.
Actividades de comercio detallista:
- Grupo 641: todos los epígrafes
- Grupo 642: todos los epígrafes
- Grupo 643: todos los epígrafes
- Grupo 644: todos los epígrafes
- Grupo 645: todos los epígrafes
- Grupo 647: todos los epígrafes, excepto el 647.5
- Grupo 651: todos los epígrafes
- Grupo 652: todos los epígrafes, excepto el 652.1
- Grupo 653: todos los epígrafes
- Grupo 654: únicamente los epígrafes 654.2 y 654.6
- Grupo 656: todos los epígrafes
- Grupo 657: todos los epígrafes
- Grupo 659: todos los epígrafes
- Grupo 662: todos los epígrafes
Se considera microempresa aquella que dispone de menos de 10 trabajadores y un volumen de negocio o un balance general que no supere los 2.000.000 de euros.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS
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