Inicio Comunicación C26/ECO/2016 – SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE INSTALACIONES DE ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA PARA AUTOCONSUMO DIRIGIDA A EMPRESAS Y ASOCIACIONES EMPRESARIALES

C26/ECO/2016 – SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE INSTALACIONES DE ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA PARA AUTOCONSUMO DIRIGIDA A EMPRESAS Y ASOCIACIONES EMPRESARIALES

PLAZO MÁXIMO DE SOLICITUD: MARTES 2 DE AGOSTO DE 2016

 

BENEFICIARIOS

  • Personas físicas y jurídicas, comunidad de bienes que lleven a cabo las actuaciones o instalaciones establecidas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y en los edificios relacionados con su actuvidad empresarial.
  • Asociaciones empresariales que lleven a cabo las instalaciones establecidas en esta convocatoria en los edificios destinados a su actividad social y que tengan el domicilio y desarrollen su actividad en el ámbito territorial de las Illes Balears.

 

ACTUACIONES Y GASTOS SUBVENCIONABLES

  1. Inversiones en nuevas instalaciones de energía solar fotovoltaica para autoconsumo, con una potencia de pico a instalar de hasta 20 kWp. En el caso de instalar una potencia superior a los 20 kWp, únicamente se subvencionarán los primeros 20 kWp. Cada beneficiario sólo podrá optar a una solicitud de subvención.
  2. Las inversiones objeto de la solicitud se ejecutarán dentro del periodo que va desde el día de la presentación de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de concesión, que no podrá ser superior al 14 de noviembre de 2016, computando como fecha de solicitud la fecha de entrada en el registro de la Consejería de Territorio, Energía i Movilidad.
  3. No son subvencionables la adquisición de las instalaciones o equipos mediante leasing ni ninguna otra fórmula de arrendamiento financiero en la que los bienes no sean propiedad del beneficiario.

 

QUANTÍA DE LAS AYUDAS

1. Se establecen las siguientes cuantías de subvención:
a. Para las solicitudes presentadas por empresas, se establece una subvención del 30% sobre el valor de la inversión admisible.
b. Para las solicitudes presentadas por asociaciones empresariales, se establece una subvención del 40 % sobre el valor de la inversión admisible.

2. El valor de inversión máxima admisible es de 1,50 €/Wp.

 

SOLICITUD

Los solicitantes deben presentar la documentación que aparece en el punto cinco de la convocatoria en el Registro General de la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad.

 

Para más información consulte el siguiente enlace.

 

30/05/2016