PLAZO MÁXIMO DE SOLICITUD: JUEVES 7 MAYO DE 2015
Objetivo: Ayudas destinadas a subvencionar hasta el 70% del coste de realización de proyectos culturales que incrementen la oferta legal de contenidos digitales culturales en Internet y para promover la modernización e innovación de las industrias culturales y creativas que actúen, entre otros, en alguno de los siguientes sectores:
- Artes escénicas.
- Artes visuales.
- Patrimonio cultural.
- Cine, televisión, radio.
- Videojuegos y artes interactivas.
- Diseño.
- Diseño de moda.
- Nuevos medios de comunicación.
- Música.
- Libros, prensa.
- Turismo
- Diseño gráfico.
Plazo de ejecución: Las inversiones deberán desarrollarse entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de marzo de 2016.
Beneficiarios:
- Autónomos.
- Las microempresas.
- Las pequeñas empresas.
Deberán poseer nacionalidad Española o de cualquier Estado Miembro de la Unión Europea, o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que, independientemente de su forma jurídica, se dediquen a la producción, distribución y/o comercialización de bienes culturales en los sectores descritos anteriormente y tengan residencia fiscal en España.
Los solicitantes no podrán obtener ayuda en esta convocatoria si han sido beneficiarios en tres convocatorias consecutivas a contar desde la de 2010.
Quedan excluidas las Administraciones públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos, así como también las entidades sin ánimo de lucro.
La
cuantía de la ayuda será en función de la puntuación obtenida por la Comisión de Valoración, estableciendo un máximo de 125.000€ y un mínimo de 15.000€. Ver criterios de puntuación en la convocatoria adjunta.
Puntuación del proyecto
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Cuantía máxima
– Euros |
95,00-100,00 . . . . . . . . . . . . . |
125.000 |
90,00-94,99 . . . . . . . . . . . . . . |
100.000 |
85,00-89,99 . . . . . . . . . . . . . . |
85.000 |
80.00-84,99 . . . . . . . . . . . . . . |
75.000 |
75,00-79,99 . . . . . . . . . . . . . . |
65.000 |
70,00-74,99 . . . . . . . . . . . . . . |
55.000 |
65,00-69,99 . . . . . . . . . . . . . . |
45.000 |
60,00-64,99 . . . . . . . . . . . . . . |
35.000 |
55,00-59,99 . . . . . . . . . . . . . . |
25.000 |
50,00-54,99 . . . . . . . . . . . . . . |
15.000
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Solicitud: Los modelos de solicitud podrán obtenerse en el siguiente
enlace.
Requisitos de la solicitud: Si el solicitante es persona física la solicitud se ajustará al modelo que se publica en el BOE como anexo I, si el solicitante es persona jurídica la solicitud se ajustará al anexo II.
Para acceder a la convocatoria completa consulte el siguiente
enlace.