PLAZO MÁXIMO DE SOLICITUD: VIERNES 20 DE MAYO DE 2016
BENEFICIARIOS
- Empresas, comunidades de bienes y autónomos que encuadren su actividad económica dentro del sector de la artesanía isleña.
- Empresas y comunidades de bienes: deben estar en posesión del documento de Cualificación artesanal en vigor (DQA), acreditando también el maestro artesano responsable de la producción.
- Empresarios autónomos: deben estar en posesión de la carta de artesano (CA) en vigor y/o la carta de maestro artesano (CMA) en vigor.
- Excepcionalmente podrán ser beneficiarios de la convocatoria si disponen del documento administrativo "pendiente visita" expedido antes de la entrada en vigor de esta convocatoria.
- Asociaciones y trabajadores asalariados:
- Asociaciones: deben estar inscritas en el registro correspondiente y deben constar de un mínimo de 5 personas en posesión de la carta de artesano (CA) en vigor y/o la carta de maestro artesano (CMA) en vigor o bien de 5 empresas en posesión del documento de Cualificación artesanal (DQA) en vigor.
- Trabajadores asalariados: deben estar en posesión de la carta de artesano (CA) en vigor, la carta de maestro artesano (CMA) en vigor.
- Excepcionalmente podrán ser beneficiarios de la convocatoria si disponen del documento administrativo "pendiente visita" expedido antes de la entrada en vigor de esta convocatoria.
- Ayuntamientos que se encuentren dentro de una Zona de Interés Artesanal ya declarada.
Todos los beneficiarios deben tener su domicilio fiscal, sucursal, delegación o establecimiento permanente en la isla de Mallorca.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:
- Participación en ferias.
- Gastos subvencionables: alquiler del espacio, tasa municipal, montaje y gestión del stand, los productos, transporte de productos por medios ajenos, desplazamiento y alojamiento si es fuera de la isla.
- Beneficiarios: asociaciones de artesanos, comunidad de bienes, empresas y autónomos.
- Subvención máxima total (hasta 4 ferias por beneficiario):
- Asociaciones: 750 euros.
- Empresas, comunidad de bienes y autónomos: 3.000 euros.
- Organización de actividades de fomento de los productos artesanos de Mallorca (mercados, espacios de venta, exposiciones, ferias y jornadas).
- Gastos subvencionables: coste de la organización, vigilancia, limpieza, publicidad y edición de catálogos, alquiler de equipos de megafonía y audiovisuales, entre otros.
- Al menos el 50% de los participantes en las actividades subvencionadas deben estar en posesión de la CA, CMA o DCA.
- Subvención máxima:
- Asociaciones: 750 euros por proyecto.
- Empresas y autónomos: 1.000 euros por proyecto.
- Mejora de la formación profesional. Organización de cursos de formación y talleres (mín. 5 alumnos):
- Gastos subvencionables: costes generales, remuneración personal docente, adquisición material didáctico y materiales para usar en el curso, alquiler de aulas y maquinaria. En el caso de la asistencia a cursos los gastos subvencionables erán el coste de la matrícula, desplazamiento y alojamiento si es fuera de la isla de Mallorca.
- Beneficiarios y subvención máxima:
- Asociaciones y trabajadores asalariados: 750 euros.
- Empresas, autónomos y comunidad de bienes: 1.150 euros.
- Difusión de los oficios artesanos.
- Gastos subvencionables: coste de diseño de material publicitario, impresión, edición gráfica o audiovisual.
- Beneficiarios y subvención máxima:
- Asociaciones: 750 euros.
- Empresas, autónomos y comunidad de bienes: 2.000 euros.
- Mejora de los talleres.
- Gastos subvencionables: inversión en adquisición de inmovilizado e instalaciones técnicas para mejorar el proceso de producción y/o venta y comercialización del producto artesano, adaptación de talleres a normativa de obligado cumplimiento, creación y modificación de páginas web y adquisición de equipamiento informático destinado al ejercicio de la actividad artesanal por la que se concedió la carta o el documento “pendiente visita”.
- Beneficiarios y subvención máxima:
- Pequeñas y medianas empresas, comunidades de bienes y autónomos: 5.000 euros por proyecto.
- Ayuntamientos: 4.000 €.
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