Inicio Comunicación C23/ECO/2016 - SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA ARTESANÍA DE MALLORCA PARA EL AÑO 2016

C23/ECO/2016 - SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA ARTESANÍA DE MALLORCA PARA EL AÑO 2016

PLAZO MÁXIMO DE SOLICITUD: VIERNES 20 DE MAYO DE 2016

BENEFICIARIOS

  • Empresas, comunidades de bienes y autónomos que encuadren su actividad económica dentro del sector de la artesanía isleña.
    • Empresas y comunidades de bienes: deben estar en posesión del documento de Cualificación artesanal en vigor (DQA), acreditando también el maestro artesano responsable de la producción.
    • Empresarios autónomos: deben estar en posesión de la carta de artesano (CA) en vigor y/o la carta de maestro artesano (CMA) en vigor.
      • Excepcionalmente podrán ser beneficiarios de la convocatoria si disponen del documento administrativo "pendiente visita" expedido antes de la entrada en vigor de esta convocatoria.
  • Asociaciones y trabajadores asalariados:
    • Asociaciones: deben estar inscritas en el registro correspondiente y deben constar de un mínimo de 5 personas en posesión de la carta de artesano (CA) en vigor y/o la carta de maestro artesano (CMA) en vigor o bien de 5 empresas en posesión del documento de Cualificación artesanal (DQA) en vigor.
    • Trabajadores asalariados: deben estar en posesión de la carta de artesano (CA) en vigor, la carta de maestro artesano (CMA) en vigor.
      • Excepcionalmente podrán ser beneficiarios de la convocatoria si disponen del documento administrativo "pendiente visita" expedido antes de la entrada en vigor de esta convocatoria.
  • Ayuntamientos que se encuentren dentro de una Zona de Interés Artesanal ya declarada.

Todos los beneficiarios deben tener su domicilio fiscal, sucursal, delegación o establecimiento permanente en la isla de Mallorca.

 

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:

  • Participación en ferias.
    • Gastos subvencionables: alquiler del espacio, tasa municipal, montaje y gestión del stand, los productos, transporte de productos por medios ajenos, desplazamiento y alojamiento si es fuera de la isla.
    • Beneficiarios: asociaciones de artesanos, comunidad de bienes, empresas y autónomos.
    • Subvención máxima total (hasta 4 ferias por beneficiario):
      • Asociaciones: 750 euros.
      • Empresas, comunidad de bienes y autónomos: 3.000 euros.
  • Organización de actividades de fomento de los productos artesanos de Mallorca (mercados, espacios de venta, exposiciones, ferias y jornadas).
    • Gastos subvencionables: coste de la organización, vigilancia, limpieza, publicidad y edición de catálogos, alquiler de equipos de megafonía y audiovisuales, entre otros.
    • Al menos el 50% de los participantes en las actividades subvencionadas deben estar en posesión de la CA, CMA o DCA.
    • Subvención máxima:
      • Asociaciones: 750 euros por proyecto.
      • Empresas y autónomos: 1.000 euros por proyecto.
  • Mejora de la formación profesional. Organización de cursos de formación y talleres (mín. 5 alumnos):
    • Gastos subvencionables: costes generales, remuneración personal docente, adquisición material didáctico y materiales para usar en el curso, alquiler de aulas y maquinaria. En el caso de la asistencia a cursos los gastos subvencionables erán el coste de la matrícula, desplazamiento y alojamiento si es fuera de la isla de Mallorca.
    • Beneficiarios y subvención máxima:
      • Asociaciones y trabajadores asalariados: 750 euros.
      • Empresas, autónomos y comunidad de bienes: 1.150 euros.
  • Difusión de los oficios artesanos.
    • Gastos subvencionables: coste de diseño de material publicitario, impresión, edición gráfica o audiovisual.
    • Beneficiarios y subvención máxima:
      • Asociaciones: 750 euros.
      • Empresas, autónomos y comunidad de bienes: 2.000 euros.
  • Mejora de los talleres.
    • Gastos subvencionables: inversión en adquisición de inmovilizado e instalaciones técnicas para mejorar el proceso de producción y/o venta y comercialización del producto artesano, adaptación de talleres a normativa de obligado cumplimiento, creación y modificación de páginas web y adquisición de equipamiento informático destinado al ejercicio de la actividad artesanal por la que se concedió la carta o el documento “pendiente visita”.
    • Beneficiarios y subvención máxima:
      • Pequeñas y medianas empresas, comunidades de bienes y autónomos: 5.000 euros por proyecto.
      • Ayuntamientos: 4.000 €.

 

Para más información consulte el siguiente enlace.

 

21/04/2016