Inicio Comunicación C23/2015 - SUBVENCIÓN PARA EL FOMENTO DE LA SOSTENIBILIDAD EN EL TRANSPORTE POR CARRETERA EN LAS ILLES BALEARS

C23/2015 - SUBVENCIÓN PARA EL FOMENTO DE LA SOSTENIBILIDAD EN EL TRANSPORTE POR CARRETERA EN LAS ILLES BALEARS

PLAZO MÁXIMO DE SOLICITUD: SÁBADO 18 JULIO DE 2015   Objetivo: Ayudas para el fomento de la movilidad urbana multimodal sostenible, incidiendo en:
  • Parque automovilístico de turismos.
  • Furgonetas y vehículos industriales (autobuses y camiones) que estén destinados a uso público.
  • Establecimiento de nuevas estaciones de recarga de gas natural comprimido (GNC) y de vehículo eléctrico.
  Se podrá recibir ayuda para los siguientes cinco programas: Programa 1: Adquisición y/o transformación de vehículos turismo i/o furgonetas alimentados con GNC que estén destinados a uso público. Los beneficiarios de este programa serán personas físicas o jurídicas de derecho privado. Gastos subvencionables: a) Adquisición de vehículos turismo o de furgonetas de <2.500 kg de MMTA alimentados con GNC: 700 euros por vehículo. b) Transformación de vehículos turismo o furgonetas de <2.500 Kg de MMTA para ser alimentados con GNC: 40 % de la transformación con un máximo de 700 euros por transformación. c) Adquisición de vehículos turismo o de furgonetas de >=2.500 kg de MMTA alimentados con GNC: 2.000€ euros por vehículo. d) Transformación de vehículos turismo o furgonetas de >=2.500 kg de MMTA para ser alimentados con GNC: 40 % de la transformación con un máximo de 2.000 euros por transformación.   Programa 2: Adquisición y/o transformación de autotaxis alimentados con GNC y/o eléctricos. Los beneficiarios de este programa serán personas físicas o jurídicas de derecho privado que estén dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y sean, además, titulares de una licencia de autotaxi expedida en el territorio de la comunidad de las Illes Balears. Gastos subvencionables. a) Adquisición de autotaxis alimentados con GNC: 700 euros por vehículo. b) Transformación de autotaxis para ser alimentados con GNC: 40 % de la transformación con un máximo de 700 euros por transformación. c) Adquisición de autotaxis nuevos eléctricos puros: 5.000 euros por vehículo.   Programa 3: Adquisición y/o transformación de vehículos industriales alimentados con GNC que estén destinados al público. Los beneficiarios de este programa serán personas físicas o jurídicas de derecho privado. Gastos subvencionables: a) Adquisición de vehículos industriales nuevos relacionados con el transporte por carretera alimentados con GNC: 4.000 euros por vehículo. b) Transformar vehículos industriales relacionados con el transporte por carretera para ser alimentados con GNC: 40 % de la transformación con un máximo de 4.000 euros por transformación.   Programa 4: Estaciones de recarga con GNC. Los beneficiarios de este programa serán personas físicas o jurídicas de derecho privado. Gastos subvencionables: Establecimiento de nuevas estaciones de GNC destinadas a la recarga de vehículos por transporte por carretera: 30 % del coste de establecimiento con un máximo de 60.000 euros por estación.   Programa 5: Puntos de recarga para motocicletas eléctricas. Los beneficiarios de este programa serán: ayuntamientos y otros entes locales, los organismos autónomos, las entidades públicas empresariales y las sociedades mercantiles públicas, todos ellos de la Administración local. Gastos subvencionables: Establecimiento de puntos nuevos para la recarga de motocicletas eléctricas: 100 % del coste de establecimiento del punto de recarga con un máximo de 800euros/punto de recarga.   Solicitud: La solicitud debe ir dirigida a la Consejería de Economía y Competitividad, se tienen que presentar en el Registro de la Consejería, en el de sus delegaciones o en cualquier otro lugar de los que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según el modelo normalizado que aparece en el BOIB. La subvención máxima por beneficiario no podrá ser superior a 60.000 €. En caso del programa 4 la subvención máxima por beneficiario no podrá ser superior a 120.000 €.   Para acceder a la convocatoria completa y modelo de solicitud, consulte el siguiente enlace.  
21/04/2015