CAEB denuncia “la insensibilidad de muchos Ayuntamientos, como Palma, frente a la crisis que sufren empresas, trabajadores y todos los ciudadanos”

Carmen Planas exige que “los ayuntamientos deben cumplir sus obligaciones pactadas en la Mesa de Diálogo Social y en el Plan de Reactivación” 

“Sorprende que Palma no actúe como muchos otros municipios como Ibiza, Calvià, Pollença o Artá, ni tampoco como hacen Madrid, Sevilla, Las Palmas de Gran Canarias, Huelva o Zamora, entre otros”

 

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Palma, 6 de febrero de 2021.- La presidenta de la Confederación de Asociaciones Empresariales de Balears (CAEB), Carmen Planas ha salido en defensa “de las empresas, de los trabajadores y de todos los ciudadanos”, al denunciar “la insensibilidad de muchos Ayuntamientos, como el de Palma frente a la crisis desatada por la pandemia” al oponerse a considerar la exención de tasas e impuestos municipales y ha exigido que “los ayuntamientos debe cumplir sus obligaciones pactadas en la Mesa de Diálogo Social y en el Plan de Reactivación”.

Planas, mostrando el malestar del sector privado con los ayuntamientos, ha señalado que “sorprende municipios, como Palma, no actúen como muchos otros ayuntamientos como Ibiza, Calvià, Pollença o Artá, ni tampoco como hacen Madrid, Sevilla, Las Palmas de Gran Canarias, Huelva o Zamora, entre otros”.

CAEB no entiende que el Ayuntamiento de Palma haya decidido que no puede dejar exento o suspendido el pago de la tasa de recogida de residuos para los negocios cerrados, ni aplicar reducción alguna, tal como se informó desde la empresa municipal Emaya, escudándose en que la Ley Reguladora de Hacienda Local no contempla estas medidas, mientras que, en contraposición a Palma, otros ayuntamientos como el de Ibiza, Calvià y Pollença, si lo pueden hacer.

Planas ha recalcado que “también, muchos otros Ayuntamientos del territorio nacional ya han aprobado la exención, bonificación total, o reducción de la tasa de residuos durante el periodo del estado de alarma como, por ejemplo, Las Palmas de Gran Canarias, Sevilla, Huelva o Zamora, entre otros”.

La presidenta de CAEB añade que “todos los ayuntamientos, incluido también el de Palma, pueden articular las bonificaciones que sí están expresamente previstas en la Ley de Haciendas Locales y cuya implementación depende exclusivamente de la decisión y voluntad del Ayuntamiento”.

Ibiza aprobó la devolución íntegra de la tasa pagada para los negocios cerrados, aplicando también una reducción automática en 2020 de la tasa pagada en 2019 en porcentajes que varían dependiendo del sector de actividad de cada contribuyente y que, en el caso de los hoteles, es del 33%.

El Ayuntamiento de Calvià aprobó una reducción de la tasa de residuos (tasa de servicio de tratamiento y eliminación de R.S.U.) de hasta un 50% de las tasas para el sector productivo afectado, facilitando además su tramitación mediante un trámite telemático en su página web donde se puede completar la solicitud.

El Ayuntamiento de Pollença aprobó la modificación de las ordenanzas fiscales para suspender el cobro municipal de la tasa sobre la ocupación de terrenos de uso público local (con mesas, sillas, etc.) así como la tasa de recogida domiciliaria y tratamiento de residuos.

“De esta manera, las empresas y negocios más perjudicados por la actual crisis como el pequeño comercio, restaurante, bares, cafeterías y hoteles no tendrán que hacer frente a estos impuestos locales durante los próximos seis meses, esto es hasta el 30 de junio de 2021”, destaca CAEB.

 

Bonificaciones en tasas e impuestos previstas por la Ley de Haciendas Locales

CAEB expone también que incluso, sin estar directamente relacionadas con el COVID-19, los ayuntamientos pueden incluir una bonificación del 20% de la cuota tributaria prevista para entidades que promuevan la gestión de buenas prácticas medioambientales. Municipios como Artá o Calvià aplican bonificaciones a los contribuyentes que se adhieran a programas de reciclaje o buenas prácticas.

En el mismo sentido, podrían aprobarse bonificaciones por la domiciliación del pago de la tasa, prevista en la Ley de Haciendas Locales, en un importe de hasta el 5% de la tasa, como hace Madrid, que bonifica el 5% de la cuota tanto del IBI (impuesto sobre Bienes Inmuebles) como de la tasa de basuras tal como aprobó el ayuntamiento madrileño en el artículo 43de la Ordenanza de Gestión Tributaria o el de Sevilla, que bonifica el 5% de los recibos de los impuestos municipales que se domicilien, teniendo la bonificación carácter indefinido como se contempla en el Artículo 44.1.e de la Ordenanza de Gestión Tributaria.

 

La ATIB avala la devolución de los importes impuestos durante el estado de alarma

CAEB destaca además que la Agencia Tributaria de les Illes Balears (ATIB) en su nota informativa sobre posibles medidas a adoptar en relación con los tributos locales de fecha 17 de abril de 2020 expone las medidas que podrían adoptar los ayuntamientos para compensar o disminuir el importe exigible en concepto de las tasas en los casos en que no se produzca el hecho o acto que determina el establecimiento de la tasa. La ATIB señala que los ayuntamientos pueden hacer uso de lo dispuesto en el artículo 26.3 del TRLRHL (texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales) que prevé que cuando por causas no imputables al sujeto pasivo, el servicio público, la actividad administrativa o el derecho a la utilización o aprovechamiento del dominio público no se preste o desarrolla, procederá la devolución del importe correspondiente.

“Este marco legal da cobertura a la devolución los importes impuestos en el periodo de tiempo de vigencia del estado de alarma, que, se inició el 14 de marzo de 2020”, en virtud de Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, y las posteriores medidas que han imposibilitado o limitado el normal desarrollo de la actividad económica.

 

Gestión privada para aminorar costes y no facturar cuando no se presta el servicio

Por último, CAEB recuerda que si la administración pública no puede adaptarse, quizás debería plantearse dejar la gestión de los residuos en manos de gestores privados tal y como se prevé en el artículo 17.3 de la Ley 22/2011 de Residuos, que dispone que aquellos productores de residuos comerciales no peligrosos que no quieran hacer uso del servicio municipal de recogida de basuras, puedan optar por contratar a un gestor privado autorizado que le pueda prestar un servicio más personalizado y acorde a sus concretas necesidades, y desde luego, que no le facture durante periodos en los que no ha realizado actividad alguna, y por tanto, no ha generado residuos.

CAEB y AFEDECO agradecen la bajada de tasas de residuos para las empresas de Sa Pobla y confían “que sirva de ejemplo para otros ayuntamientos”

Biel Ferragut: “Nuestra idea es bajar más las tasas y que pague más quien menos recicla para que sea una tasa lo más justa posible” 

Rafael Ballester agradece la “sensibilidad del alcalde de Sa Pobla porque ayuda a las empresas a ser más competitivas, a crear más puestos de trabajo y a dinamizar la economía que es nuestra función”

Sergio Bertrán señala que es una buena noticia “para las empresas de Sa Pobla y para el municipio en general que puede ser ejemplo para otros ayuntamientos”

Palma, 17 de febrero de 2017.- La Confederación de Asociaciones Empresariales de Balears (CAEB) y la Federación de Empresarios de Comercio de Balears (AFEDECO) han agradecido al alcalde de Sa Pobla, Biel Ferragut, la bajada de tasas de residuos para las empresas aprobada por el Ajuntament de Sa Pobla y han mostrado “nuestra confianza en que esta rebaja sirva de ejemplo para otros ayuntamientos”.

Tras el encuentro, el alcalde de Sa Pobla ha señalado que “hemos conseguido bajar la tasa porque desde el Ajuntament de Sa Pobla lo que queremos es ayudar a las empresas, ya sean pequeñas, medianas o grandes, con una relación de máxima colaboración y continuar en esta misma línea porque nuestra idea es conseguir bajar más las tasas y que pague más quien menos recicla para quesea una tasa lo más justa posible”. “Quiero agradecer a CAEB y a AFEDECO su colaboración y que hayamos sido capaces de llegar a un acuerdo que beneficia a todos”, ha añadido el alcalde Biel Ferragut.

Por su parte, el presidente de AFEDECO ha manifestado que “agradecemos la sensibilidad que ha tenido el Ajuntament de Sa Pobla ante nuestra reivindicación sobre el coste de las tasas de la recogida de residuos y el compromiso que han adquirido de seguir trabajando en ajustar más las tasas”. “El ayuntamiento ha hecho un esfuerzo rebajando las tasas a los comercios y estamos satisfechos porque esto nos ayuda a las empresas a ser más competitivas y a crear más puestos de trabajo y a dinamizar la economía que es nuestra función”, ha recalcado Rafael Ballester.

Sergio Bertrán ha incidido en que “desde CAEB estamos agradecidos al Ajuntament de Sa Pobla al entender que los costes administrativos que soportan las empresas, en ocasiones, les restan competitividad. En este caso considerábamos que la tasa de recogida de residuos era excesiva para el coste real del servicio y así lo pusimos de manifiesto”. “El Ajuntament ha entendido esta problemática y ha bajado las tasas, y entendemos que es una buena noticia para CAEB, para AFEDECO, para las empresas de Sa Pobla y para el municipio en general que puede ser ejemplo para otros ayuntamientos”, ha concluido el secretario general gerente de CAEB.

 

Pie de foto, de izquierda a derecha:

Pep Lluis Aguiló, presidente de la Comisión de la Comisión de Comercio, Alimentación y Agricultura de CAEB; Catalina Munar, regidora de Servicios Sociales, Medio Ambiente y Sanidad de Sa Pobla; Joan Pérez, regidor de Comercio, Industria y Agricultura de Sa Pobla; Rafael Ballester, presidente de AFEDECO; Biel Ferragut, alcalde de Sa Pobla; Sergio Bertrán secretario general gerente de CAEB; Joan Ripoll, miembro de la junta directiva de AFEDECO; Cristina Dominguez, letrada de AFEDECO y Antonio Vilella, gerente de AFEDECO, tras la reunión de este viernes en el Ajuntament de S Pobla .

El TSJIB suspende cautelarmente la aplicación de las Ordenanzas Fiscales de Calvià por el recurso interpuesto por CAEB

La patronal, que actúa en defensa de distintas asociaciones y empresas que integran CAEB, valora “positivamente” la decisión del tribunal

Palma, 14 de enero de 2016.- Tras el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Confederación de Asociaciones Empresariales de Baleares (CAEB) contra las Ordenanzas Fiscales reguladoras de las tasas por el servicio de recogida y tratamiento de residuos del Ayuntamiento de Calvià aprobadas por Pleno de fecha 18 de diciembre de 2014, el Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears (TSJIB) ha dictado un auto en el que acuerda la suspensión cautelar de la aplicación de estas Ordenanzas Fiscales.

De esta manera, el Ayuntamiento de Calvià no podrá liquidar tasas por sus servicios de recogida y tratamiento de residuos conforme a dichas Ordenanzas, al menos, hasta en tanto no recaiga sentencia firme en el recurso interpuesto por CAEB.

CAEB valora “positivamente” el auto dictado por el TSJIB con fecha 8 de enero de 2016. En este sentido, la patronal empresarial señala que “la decisión de la Sala de lo Contencioso Administrativo, si bien no prejuzga cuál será el fallo de la futura sentencia, sí que viene a poner de manifiesto que el Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears alberga dudas más que razonables acerca de la legalidad de las Ordenanzas Fiscales del Ayuntamiento de Calvià”.

Cabe recordar que las Ordenanzas Fiscales ahora suspendidas han servido de base tarifaria por parte del Ayuntamiento de Calvià para recaudar sus tasas el pasado año 2015.

El recurso presentado por CAEB se enmarca en las actuaciones que la patronal empresarial de Baleares está llevando a cabo conjuntamente con el despacho Garrigues “en defensa de los intereses de las distintas asociaciones y empresas que integran CAEB como consecuencia de las elevadas tasas que algunos de los Ayuntamientos de nuestras Islas están liquidando como contraprestación al servicio de recogida y tratamiento de residuos”.