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C72/2015 – Subvenciones del Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente, PIVE-8

El día 28 de noviembre se publica en el BOE el Real Decreto 1071/2015 por el que se modifica el Real Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones del <<Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente, PIVE-8>>. Beneficiarios: -Personas físicas - Microempresas y pequeñas y medianas empresas Será subvencionable la adquisición de vehículos de las siguientes categorías:
  • M1: Transporte de pasajeros, máximo de 8 plazas además del conductor.
  • Convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida.
  • Eléctricos puros.
  • Propulsados por motores de combustión interna (GLP o Gas Natural).
  • N1: Transporte de mercancías, masa no superior a las 3,5 Tn.
  • Convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida propulsada por motores de combustión interna (GLP o Gas Natural).
  • Eléctricos puros.
Subvención aplicable: Esta ayuda ascenderá hasta 1.500 euros por vehículo a excepción de personas con discapacidad de movilidad reducida, cuyo incentivo son 3.000 euros. Precio de adquisición máximo (sin IVA): 25.000 euros. Excepciones: 1.- Si el solicitante es persona con discapacidad: 30.000 euros. 2.- En el caso de adquirir un vehículo eléctrico puro, híbrido enchufable y de autonomía extendida, el precio de adquisición máxima es de 40.000 euros. 3.- En el caso de las subvenciones destinadas a la adquisición de turismos convencionales (gasolina o diésel) que se encuentren clasificados como clase energética B y cuenten con emisiones de CO2 homologadas superiores a 120 g/km el precio de adquisición máximo no puede superar los 20.000 euros. El beneficiario debe tener la titularidad del vehículo al menos durante el año anterior a la fecha de solicitud de la ayuda y debe contar con la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) vigente a fecha 28 de noviembre de 2015. La convocatoria inicial concluía el 31 de diciembre de 2015. Se extiende la concesión de subvenciones del Plan PIVE-8 hasta el 31 de julio de 2016 o el agotamiento de fondos. Para más información, incluimos acceso a la publicación completa del BOE en el siguiente enlace.
01/12/2015