El Plan de Minimización de Residuos ya no es obligatorio

Es inminente la aprobación y publicación de la nueva Ley de Residuos y Suelos Contaminados, que tiene como objetivo, entre otros, transponer la Directiva Europea 200/98/CE sobre los Residuos, cuyo plazo de adaptación por los estados miembros finalizaba el 12 de diciembre de 2010.

La nueva ley introduce una serie de modificaciones respecto a las obligaciones y trámites administrativos a los que están sujetos las empresas. Si bien la Ley todavía no se ha publicado, una de las cuestiones que se sabe que va a abordar es la exención para los Pequeños Productores de Residuos de la presentación del Plan de Minimización de Residuos.

Ante esta situación, el Servicio de Residuos de la Conselleria de Medi Ambient i Mobilitat ha optado por adaptar los requerimientos actuales a la nueva situación, de manera que, a criterio de dicha administración, no se va a exigir a los pequeños productores la presentación del Plan minimización.

El hecho de que el trámite no sea obligatorio no implica que las empresas no puedan presentarlo. En muchas ocasiones una de las medidas que pueden derivarse de los sistemas de gestión ambiental es la reducción de residuos y puede ser una herramienta muy útil para abordar esta cuestión. Si las empresas disponen de los Planes de Minimización pueden presentarlos a la Conselleria de Medi Ambient i Mobilitat.

Para aquellas empresas a las que, por motivos de certificación de sus sistemas de gestión ambiental, les interese contar con información por escrito sobre esta situación, pueden descargarse la circular del Servicio de Residuos en la sección de Documentos de Interés de Medio Ambiente, en nuestra página web.

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