La CAEB abordó el pasado 7 de mayo las últimas novedades legislativas en prevención de riesgos laborales, en una jornada en la que participaron la Dirección General de Salud Laboral, así como representantes de los servicios de prevención ajenos, mutuas y de AENOR.
Entrevistamos a Gerard Velasco, Director Territorial de Unipresalud
¿Qué cambios se han producido últimamente en relación a la Estrategia de Salud Laboral?
La Estrategia de Salud Laboral va encaminada a facilitar la integración de la Prevención de Riesgos Laborales en los sistemas de gestión de las empresas y en definitiva la última modificación del Reglamento de los Servicios de Prevención que recoge el Real Decreto 337/2010, de 23 de marzo, articula mecanismos para mejorar la calidad y eficacia del sistema de prevención de las empresas, sobretodo a las pequeñas y medianas, tejido industrial de mayor presencia en nuestro país.
¿Cuál es el objetivo de estos cambios? ¿A quién beneficia?
Como comentaba en la anterior pregunta, el objetivo de estos cambios es la mejora en la calidad y eficacia del sistema de prevención de las empresas, tanto de las propias empresas como de las empresas asesoras o colaboradoras en la implantación de los sistemas de gestión de Prevención de Riesgos Laborales, es decir, los Servicios de Prevención Ajenos, articulando sistemas de control para que dicha Gestión sea efectiva y no se quede en un mero formalismo. A quién beneficia? A todas las partes. El objetivo es mejorar la siniestralidad laboral, por lo tanto, una mejora en el sistema evitará accidentes y el primer beneficiado será el trabajador que desarrollará su actividad en un entorno seguro. La empresa, por su parte, mejorará sus ratios de productividad por una mejora evidente en absentismo, obviando la parte legal de un incumplimiento de la ley que comportaría sanciones y, por último, una mejora en los servicios ofertados por las entidades especializadas en la materia, mejorando la competitividad y la oferta de servicios a las empresas.
¿Cómo afecta a los SPA la nueva normativa?
El Real Decreto 337/2010, de 23 de marzo, es la primera parte de una regulación totalmente necesaria para los Servicios de Prevención Ajenos en aras de mejorar la calidad del servicio que se presta por estas entidades especializadas. Dicha mejora pasa por regular tanto el contenido y actividades de los conciertos establecidos con las empresas clientes como por los recursos a destinar para dichas actividades, siempre para mejorar la integración de la Prevención y facilitar a las empresas la gestión de la misma.
¿Qué exigencias se mantienen a los SPA?
La principal exigencia es disponer de las cuatro disciplinas preventivas (Seguridad, Higiene, Ergonomía y Psicosociología Aplicada y Medicina del Trabajo) antes del 24 de marzo del 2011, exceptuando una posible prórroga para el caso de Medicina Laboral que sería para el próximo 24 de marzo de 2012. Otras de no menos importancia es adecuar y aclarar los contenidos de los conciertos con las empresas y un aumento considerable en la póliza de Responsabilidad Civil pasando de 1.200.000 € a 1.750.000 €.
¿Cómo afecta a los SPA mancomunados?
Verdaderamente no salen muy bien parados con dicha reforma. Los Servicios de Prevención Mancomunados eran una modalidad permitida por la LPRL como modelo organizativo derivado de Servicio de Prevención Propio a los cuales se les permitía agrupar/optimizar recursos a empresas que se acogieran en los términos previstos en la LPRL a dicha mancomunidad. En esta reforma, en cuanto a recursos necesarios se refiere, los equipara a los Servicios de Prevención Ajenos, pasando de la asunción de 2 a tres disciplinas mínimas y a la imposibilidad de que formen parte de la mancomunidad a aquellas empresas de un mismo sector productivo que están obligadas a formar Servicio de Prevención Propio por número de trabajadores, según sea su actividad o no de Anexo I.




